España suprime Libro de Familia y dos Obispos responden

POR BLANCA RUIZ | ACI Prensa

Libro de Familia. Crédito: ACI Prensa.

Desde el pasado 1 de mayo no se expedirán más Libros de Familia, documento que acreditaba en España y otros países, las relaciones de parentesco, y se sustituye por un registro individual. Mons. Argüello y Mons. Munilla criticaron esta decisión y subrayaron que responde a una concepción individualista de la sociedad, mientras que para los cristianos una nación es una “familia de familias”.

Mons. Luis Argüello, portavoz de la Conferencia Episcopal Española (CEE) y Obispo auxiliar de Valladolid (España) calificó la supresión del Libro de Familia en España como “un síntoma y símbolo de la falta de reconocimiento institucional de la familia”.

“Seguramente se dirá que solo es un cambio burocrático, pero es síntoma y símbolo de la falta de reconocimiento institucional de la familia y de la comprensión de la sociedad como suma de individuos y no como familia de familias”, precisó Mons. Argüello a través de su cuenta en Twitter.

Mons. José Ignacio Munilla, Obispo de San Sebastián (España) también criticó esta nueva norma asegurando que "mientras el nuevo orden mundial apuesta por un Estado como suma de individuos, los cristianos creemos en una Nación como familia de familias”
 
El Libro de Familia acreditaba las relaciones de parentesco en el núcleo familiar, entre padres e hijos y cónyuges.

Esta norma prevé la supresión del Libro de Familia en papel y se sustituye por un registro individual que se abre a cada recién nacido al que le corresponde un código personal y en el que se le inscriben los datos personales de la vida del individuo.

El 1 de mayo 2021 entró en vigor la Ley 20/2011, de 21 de julio del Registro Civil, por la que se suprime el sistema de división en secciones (nacimientos, matrimonios, defunciones, tutelas y representaciones legales) y por la que se argumenta que el Libro de Familia “pierde sentido dentro del modelo moderno”.

Mientras que en el registro individual figurarán los datos personales de la vida del individuo así como los hechos relativos a la identidad, el estado civil y se anotarán “continuada, sucesiva y cronológicamente” todos los hechos y actos que tengan acceso al Registro Civil.


Fuente:www.aciprensa.com

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