POR DIEGO LÓPEZ MARINA | ACI Prensa
Imagen referencial | Crédito: Unsplash
La Organización Mundial de la Salud (OMS) divulgó unas nuevas Directrices sobre la atención del aborto, que sustituyen a las del 2012, y que entre otras cosas promueven la despenalización total del aborto, su práctica sin límite de edad gestacional y la vulneración del derecho a la objeción de conciencia.
La OMS informó el 9 de marzo la publicación de estas nuevas directrices bajo el argumento de que el “acceso al aborto seguro es fundamental para la salud de las mujeres y las niñas”.
Estas directrices contienen más de 50 recomendaciones que abarcan la práctica clínica, la prestación de servicios de salud y las intervenciones legales y normativas con miras a apoyar “la calidad de la atención del aborto”, indica la organización.
En el resumen ejecutivo se recomienda la despenalización total de esta práctica. “La despenalización significa eliminar el aborto de todas las leyes penales”, no solo para la mujer que aborta sino “para todos los agentes participantes”, afirma la OMS.
“No se recomienda la promulgación de leyes y otras reglamentaciones que restrinjan el aborto basándose en supuestos. Se recomienda que el aborto esté accesible a demanda de la mujer, niña u otra persona embarazada”, “sin la autorización de ninguna otra persona, organismo o institución”, precisa el documento.
También señala que “no se recomienda la promulgación de leyes y otras reglamentaciones que prohíban el aborto basándose en límites de edad gestacional”.
Otras directrices no recomiendan “los plazos de espera obligatorios para el aborto”, ni el “uso de la ecografía como requisito para la prestación de servicios de aborto”.
En declaraciones a ACI Prensa, Alejandro Williams Becker, abogado, politólogo e investigador en el Centro de Bioética, Persona y Familia, dijo que este documento “varía bastante” al del 2012, “en atención a que incorpora innovaciones que, se puede interpretar, son el resultado de ‘aprendizajes’ que las coaliciones que promueven el aborto han ido acumulando luego de diferentes experiencias en distintos países”.
“Así, por ejemplo, intentan sortear las dificultades que el requisito a ecografías puede representar, quizás por constituir éste una instancia en la que puede emerger una toma de conciencia del valor que tiene la persona por nacer”, señaló el también docente de la Universidad Austral (Argentina).
Y agregó: “En consecuencia, se incorporan, en simultáneo, como ‘recomendaciones firmes’, la de no utilizar ecografías en la etapa ‘preaborto’ (en el documento de 2012 solo se hacía hincapié en que la edad gestacional podía también determinarse por otros medios) y la de no promulgar leyes que prohíban el aborto basándose en la edad gestacional (algo que se reconocía como posibilidad en el documento precedente), implicando esto último que la normativa de esta manera no requiere de la ecografía para determinar si el embarazo se encuentra dentro de esos límites legales”.
Williams cree “que quienes quieren promover la liberalización del aborto, en particular en los puntos que aquel documento no incluía, y en este se agregan como recomendaciones”, “se van a sentir legitimados por este documento”.
Pero, en general, vendrá a reemplazar en la construcción de la argumentación narrativa, el lugar que antes ocupaba alguna otra fuente pretendidamente invocada”, acotó.
Para el experto en bioética resulta “no de poca gravedad” que “ahora expresamente se recomienda no incluir límites de edad gestacional”.
En ese sentido, agregó que “es particularmente paradójico que, junto con esta recomendación, se omita luego toda referencia a los tratamientos que serían necesarios (o recomendados) para abortos en edad gestacional avanzada, en singular contraste con lo exhaustividad de las recomendaciones en este orden para las edades gestacionales tempranas”.
Respecto a las recomendaciones en edades gestacionales tempranas, el documento señala que para “el aborto médico antes de las 12 semanas se recomienda el uso combinado de mifepristona y misoprostol”.
También se recomienda en estos casos el tratamiento por “cuenta propia, agentes de salud comunitarios, empleados de farmacia, farmacéuticos, profesionales de la medicina tradicional y complementaria, auxiliares de enfermería/ enfermeras auxiliares parteras, enfermeras, parteras, clínicos asociados/clínicos avanzados asociados, médicos generalistas y médicos especialistas”.
Asimismo, “se recomienda la opción de la telemedicina como alternativa a las interacciones presenciales con el trabajador de la salud” “para facilitar el aborto médico temprano”.
Para Williams Becker, otro punto de “análoga gravedad” es “la pretensión de deslegitimar la objeción de conciencia como derecho humano, al punto de considerarla ‘indefendible’ en ciertos casos”.
Según el resumen ejecutivo de la OMS, “si resulta imposible regular la objeción de conciencia de manera que se respeten, protejan y cumplan los derechos de las personas que solicitan el aborto, la objeción de conciencia en la prestación de servicios de aborto puede llegar a ser indefendible”.
Alcances de la OMS a nivel mundial
Williams Becker recordó que “un documento con ‘directrices’, emanado de algún organismo internacional es incapaz de generar obligaciones de legalizar y/o despenalizar el aborto”. “No existe tal obligación, ni por que lo diga este ni otro documento análogo, ni por que lo diga algún dictamen de alguna comisión fundada por un tratado, etc.”.
El experto aseguró que “existen lobbies, grupos de interés, grandes coaliciones, muy bien articuladas y financiadas, que buscan promover estos fines y, en efecto, utilizan a las organizaciones internacionales, a los tratados de Derechos Humanos, a los tribunales, a los comités, e incluso a instrumentos de ‘soft-law’ para fortificar y legitimar sus demandas”.
Según Williams Becker existe una “dificultad adicional”, que aparece “si miramos con detalle”, y es que “este documento se enmarca no solo como iniciativa de la OMS sino también dentro del Programa Especial de Investigaciones Human Reproductive Health, integrado OMS, UNICEF, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Fondo de Población de las Naciones Unidas y el Banco Mundial (BM)”.
“Así, el Banco Mundial puede, y en efecto lo hace, supeditar ciertos programas de financiamiento al cumplimiento de algunos requisitos ligados a lo que el propio BM entienda por salud reproductiva”, explicó.
Entonces, dijo que el mismo “estiramiento conceptual” del término “salud reproductiva”, que “los demás organismos hacen para incluir la legalización o despenalización del aborto como pretendida obligación internacional, puede constituir un medio de presión que el BM, merced a su propia estructura de toma de decisiones que difiere de la de otros organismos, utilice para forzar la reforma legal en países que busquen acceder a esa fuente de financiamiento”.
Williams Becker afirmó que si bien esto “es un hecho que se ha verificado en ocasiones concretas, no debe oscurecer la comprensión de los procesos de toma de decisiones a nivel interno en cada uno de nuestros países”.
“El énfasis en la presión financiera internacional –que, insisto, existe–, no nos debe hacer creer –y, una vez más, uno escucha estas cosas– que la gente que apoya el aborto en nuestros países lo hace por el dinero, por ejemplo. Hay que tomarse en serio estos fenómenos, y preguntarse cuáles son esos dramas, profundos, a nivel antropológico, que vuelven a tanta gente insensible hacia el valor de persona del por nacer”, explicó el experto.
Fuente:www.aciprensa.com
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