POR DIEGO LÓPEZ MARINA | ACI Prensa
Senado de Argentina | Crédito: Senado de Argentina
El martes 29 de marzo la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado de Argentina debatió la ratificación de un tratado internacional que de ser aceptado impondría la ideología de género afectando varias libertades, sin embargo, el documento no obtuvo dictamen y volvió a comisión para ser estudiado.
Varios críticos han advertido que la ratificación de la “Convención interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia”, que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, avasallaría derechos y libertades fundamentales como los de culto y pensamiento.
El día de ayer la oficina de prensa del Senado informó que “esta última iniciativa, no obtuvo dictamen y volvió a comisión con el fin de tratar el tema con más profundidad y con la convocatoria de expertos sobre la temática en cuestión”.
La plataforma CitizenGO Argentina, que desde el año pasado lanzó una campaña de firmas para frenar la adhesión a este tratado, celebró la decisión tomada en el Senado el 29 de marzo.
“¡Buenas noticias! La Comisión de Relaciones Exteriores y Culto definió hoy que se deben precisar los términos y escuchar a expertos en la materia, y volver a la Comisión para profundizar el tratamiento. ¡Con presión ciudadana logramos frenarla!”, indicó.
En declaraciones a ACI Prensa, Silvina Spataro, directora de Campañas de CitizenGO, dijo este 30 de marzo que “la campaña tuvo muchísimas firmas [más de 10 mil] y creemos que eso influyó en la decisión de los senadores”.
“Vamos a seguir trabajando de manera vertebrada con otros actores políticos para seguir haciendo presión y dar a conocer a los senadores los peligros que encierra la ratificación de la Convención”, comentó.
Spataro precisó que el tratado en cuestión, “bajo el ‘ropaje’ de la discriminación y la intolerancia, al definir esos términos de una manera tan amplia, en realidad le da el poder al gobierno de turno para censurar distintas opiniones, incluso políticas”.
“Vemos con preocupación que la oposición esté tan callada. Nos parece que es preocupante, sobre todo en lo que implica avasallar un derecho básico que es la libertad de expresión, la libertad de educación”, agregó.
La “Convención interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia” fue aprobada durante la 43° Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), celebrada entre el 3 y 6 de junio de 2013. El pacto fue firmado por 12 países, pero hasta el momento solo México y Uruguay lo han ratificado.
El 26 de octubre de 2021, la Cámara de Diputados argentina aprobó sin ningún debate la adhesión a la Convención.
Peligros de este tratado internacional
Según el boletín Notivida, la “Convención interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia” sería “la más codiciada por el lobby LGBT ya que se dedica especialmente a la ‘discriminación’ por ‘orientación sexual’ e ‘identidad de género’”.
En su artículo 1, el texto define la discriminación como “cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia, en cualquier ámbito público o privado, que tenga el objetivo o el efecto de anular o limitar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de uno o más derechos humanos o libertades fundamentales”.
Además, dice que “la discriminación puede estar basada en motivos de nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género”.
En el artículo 4 dice que el Estado se compromete a prevenir, eliminar, prohibir y sancionar “la publicación, circulación o diseminación, por cualquier forma y/o medio de comunicación, incluida la Internet, de cualquier material que defienda, promueva o incite al odio, la discriminación y la intolerancia”, así como “la elaboración y la utilización de contenidos, métodos o herramientas pedagógicos que reproduzcan estereotipos”.
El documento describe que “una sociedad pluralista y democrática debe respetar la identidad cultural, lingüística, religiosa, de género y sexual de toda persona, que pertenezca o no a una minoría, y crear las condiciones que le permitan expresar, preservar y desarrollar su identidad”.
Entre las “víctimas de discriminación e intolerancia” consideradas en el documento están los migrantes, los refugiados, desplazados y sus familiares, así como otros grupos y minorías sexuales.
Además, la Convención destaca el papel fundamental de la educación “en el fomento del respeto a los derechos humanos, de la igualdad, de la no discriminación y de la tolerancia.
Juan G. Navarro Floria, exjefe de Gabinete de la Secretaría de Culto de la Nación y presidente del Consejo Argentino de Libertad Religiosa, advirtió en diciembre de 2021 que el documento “tiene algunos aspectos que hacen muy desaconsejable su aprobación”, particularmente “porque pone en serio riesgo la libertad de expresión (es llamativo que los comunicadores sociales no adviertan esto), la libertad religiosa y la libertad educativa, entre otras”.
“¿Cómo es esto? En primer lugar la Convención multiplica las categorías que tornan ilegítima cualquier discriminación o –como veremos– intolerancia: a las ya clásicas añade otras que hasta ahora no tienen recepción en el derecho internacional, como la orientación sexual, identidad y expresión de género, identidad cultural, opiniones políticas o de cualquier otra naturaleza, origen social, nivel de educación, condición migratoria, de refugiado, repatriado, apátrida o desplazado interno, característica genética, etcétera”, explicó.
El también doctor en Derecho indicó que “esto no está necesariamente mal, pero abre un enorme abanico. De todas esas condiciones, la que ha motorizado principalmente la firma de la convención ha sido la primera señalada: la orientación sexual, identidad y expresión de género”.
Según Navarro, “la afectación de la libertad de expresión es evidente”, ya que “estamos ante la consagración legal (y supralegal) de lo ‘políticamente correcto’, incluso de la censura, a contramano de muchos otros instrumentos internacionales”.
Para Navarro “posiblemente la que más pueda sufrir sea la libertad religiosa”, debido a que “las religiones no son únicamente ritos o actos de culto: toda religión implica y contiene categorías de moralidad de los actos humanos”.
“Pero si alguna persona o grupo encuentra que la moral que predica una iglesia o comunidad religiosa es intolerante hacia esa persona o grupo, podría exigir al Estado que prohíba esa prédica, que impida la financiación de esa iglesia o comunidad religiosa, y si el Estado no accede a esas medidas prohibitivas, denunciarlo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, o ante un nuevo Comité Interamericano contra la Discriminación y la Intolerancia, que se crea”, dijo.
“Lo mismo podría ocurrir si se considera que existe intolerancia en determinadas prácticas religiosas, por ejemplo en la administración de sacramentos”, agregó.
Finalmente, Navarro dijo que “esto puede parecer exagerado, pero es lo que resultaría de una aplicación estricta de la Convención que se quiere aprobar”.
“Oponerse a la aprobación de la Convención, o al menos a la aprobación sin las necesarias reservas y salvedades, de ninguna manera es estar a favor de la discriminación, consentirla o carecer de sensibilidad frente a personas y grupos histórica o actualmente desaventajados. Es simplemente exigir un equilibrio que hoy parece ausente y cuya falta puede llevar a conflictos dolorosos”, concluyó.
Etiquetas: Argentina, Ideología de Género, CitizenGo, Senado, Convención interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia
Fuente:www.aciprensa.com
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