Senado de España aprueba que rezar ante una clínica de abortos será penado con cárcel

Redacción ACI Prensa

Imagen referencial. Crédito: Unsplash.

El Senado de España aprobó la modificación del Código Penal que establece penas de cárcel para los provida que se sitúen en las inmediaciones de las clínicas de abortos.

Esta medida ya había sido aprobada en el Congreso de los Diputados y fue definitivamente refrendada sin ninguna modificación en el Senado el 6 de abril. Entrará en vigor de manera formal cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), previsiblemente este fin de semana.

Esta modificación, impulsada por el PSOE, reforma el artículo 172 quáter del Código Penal por el que se indica que se impondrán penas de cárcel y alejamiento a quien “para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad”. Y se impondrán penas similares a quienes interactúen con “facultativos o directivos de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo”.

De esta manera, los provida enfrentarán penas de cárcel de 3 meses a un año o trabajos comunitarios de 31 a 80 días. El tribunal podrá prohibir a los condenados “acudir a determinados lugares [alrededores de clínicas abortistas] por un tiempo de seis meses a tres años”. Además se precisa que “no será necesaria la denuncia de la persona agraviada ni de su representación legal”.

Oposición a estas condenas

Los partidos políticos PP, UPN y VOX se opusieron a la medida y habían presentado dos propuestas de veto que fueron rechazadas.

Representantes de VOX aseguraron en diversas ocasiones que cuando se publique la medida en el BOE, la llevará al Tribunal Constitucional por vulnerar los derechos fundamentales de expresión y reunión. Una decisión que el PP está considerando en apoyar.

Jacobo González-Robatto, senador de Vox, aseguró que esta proposición es “un claro ejemplo de manipulación absoluta del lenguaje” porque “abortar es matar, es acabar con la vida de un ser humano”.

González-Robatto también aseguró que la actuación de quienes se sitúan en las inmediaciones de las clínicas de aborto, conocidos como “rescatadores”, “consiste única y explusivamente en la última oportunidad para las madres y para los hijos”.

Por su parte, Fernando de la Rosa, senador del PP, aseguró que esta medida es “una aberración jurídica” y que desde el PSOE “no se están ponderando los derechos, sino que están utilizando el Código Penal como instrumento para la difusión de su ideología y como mecanismo para señalar a las personas que no piensan como ustedes”.

Alberto Catalán, senador del UPN, dijo que esta ley pretende “criminalizar la defensa de la vida” y que en la sociedad actual es más fácil “proveer la muerte que la vida”.

Bárbara Royo, abogada penalista, aseguró al diario El Debate que “es difícil adivinar cómo puede condenarse a quienes se manifiesten con una pancarta frente a un centro abortivo porque su presencia no va contra ninguna mujer en concreto, sino contra una práctica que para ellos, por sus creencias, su ideología o su religión no es admisible”.

“Por no hablar de cómo el hecho de que un mero atestado policial, sin denuncia previa de la posible perjudicada, sirva como motivo de sanción, elimina el principio básico de que para que haya un delito debe existir una víctima concreta, en este caso una mujer, que sea el objetivo identificable de la coacción”, aseguró la abogada.


Fuente:www.aciprensa.com

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