Corte Europea de DDHH falla contra “pastel gay” y a favor de cristianos

Por Jonah McKeown
Redacción ACI Prensa

Foto referencial. Crédito: Unsplash

La Corte Europea de Derechos Humanos consideró inadmisible y rechazó un caso presentado por un activista progay de Irlanda del Norte, que afirma que una pastelería lo discriminó al negarse a hacer un pastel con un mensaje de apoyo al “matrimonio” homosexual.

En mayo de 2014 Gareth Lee ordenó un pastel en la Ashers Bakery, ubicada en el condado Antrim, en Irlanda del Norte. El activista pidió que el pastel tuviera un cartel que dijera “apoya el matrimonio gay”, un mensaje al que los dueños del lugar, los esposos McArthur, se oponen en razón de su fe cristiana.

La Corte Suprema del Reino Unido llegó a un veredicto unánime a favor de los MacArthur en 2018, luego que una corte menor falló en contra de los pasteleros. Lee apeló entonces a la Corte Europea de Derechos Humanos, suscitando así un caso contra el Estado británico.

El 6 de enero, la Corte Europea determinó que el caso de Lee es inadmisible porque “no agotó los recursos internos”.

La Corte Europea indicó que Lee no presentó sus argumentos basado en la Convención Europea de Derechos Humanos con las cortes del Reino Unido: “Al basarse solo en la ley local, el solicitante ha privado a las cortes locales de la oportunidad de dirigirse a los argumentos de la Convención, y en vez de eso ha solicitado a la corte usurpar el papel de las cortes locales”.

Simon Calvert, vocero de The Christian Institute, organización benéfica no confesional que ha apoyado a los McArthur desde 2014, dijo que la decisión de la Corte Europea “es el resultado correcto”.

“La Corte Suprema del Reino Unido se ocupó extensamente de los argumentos de derechos humanos en este caso y defendió los derechos de los McArthur a la libertad de expresión y religión”, dijo Calvert.

“Fue decepcionante ver otro intento de socavar esos derechos, por lo que es un alivio que el intento haya fracasado. Me sorprende que alguien quiera revocar una decisión que protege a los dueños de negocios homosexuales de verse obligados a promover puntos de vista que no comparten, así como protege a los dueños de negocios cristianos”, explicó el vocero.

Amy McArthur, que administra la pastelería con su esposo Daniel, inicialmente recibió el pedido de Lee sin objeción alguna porque quería considerar cómo explicar su objeción y evitar también cualquier vergüenza a Lee.

Amy llamó por teléfono a Lee algunos días después y le explicó que no podía realizar su pedido porque son un negocio cristiano y no podían colocar el cartel solicitado. La mujer se disculpó y le devolvió todo su dinero.

En marzo de 2015 Lee presentó una queja ante la Comisión de Igualdad de Irlanda del Norte, que llevó a los dueños de la pastelería a una corte en mayo. Durante la audiencia del caso, los esposos MacArthur explicaron que habían atendido a Lee en el pasado y que lo volverían a hacer con gusto en el futuro.

Los esposos indicaron que el cartel progay del pastel contravenía sus creencias religiosas, precisando que el problema no era el cliente, sino el mensaje en el producto.

La jueza Isobel Brownlie, de Belfast, dictaminó en mayo de 2015 que el caso tenía que ver con discriminación porque “los acusados no son una organización religiosa, sino que dirigen un negocio”.

La pastelería Ashers pagó entonces 500 libras (unos 760 dólares) al cliente por “herir sus sentimientos” y atentar contra las normas de discriminación política y sexual.

Al escribir a nombre de la Corte Suprema de Reino Unido, la jueza y presidenta del tribunal, Lady Brenda Hale, indicó que el apoyo al “matrimonio” homosexual era una postura política y como tal fue objeto de la objeción de la pastelería de los MacArthur.

La Corte Suprema falló que, dado que el apoyo al “matrimonio” homosexual no está limitado a los gays, o necesariamente determinado por la “orientación sexual” de la persona, rechazar hacer un pastel con ese mensaje no podía ser visto como un acto de discriminación basado en la “orientación sexual” de quien lo solicitó o con las personas asociadas a este.

Traducido y adaptado por Walter Sánchez Silva. Publicado originalmente en CNA


Fuente:www.aciprensa.com

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