POR DAVID RAMOS | ACI Prensa
Imagen referencial / Campaña de oración en defensa de la vida. Crédito: Facebook "40 días por la Vida - Costa Rica".
Las personas provida que recen ante clínicas de aborto en España podrían ser procesadas de forma similar a los acusados de maltratar física o psicológicamente a mujeres.
Según las últimas modificaciones al proyecto de reforma del Código Penal impulsado por el gobernante Partido Socialista Obrero Español (PSOE), difundidas por el diario español El Debate, para procesar a los provida que se encuentren pacíficamente congregados ante un abortorio “no será necesaria la denuncia de la persona agraviada ni de su representación legal”.
Esto los equipara con los casos de maltrato doméstico contra las mujeres.
Esta modificación fue impulsada por el Partido Nacionalista Vasco (PNV), que en noviembre de 2021 aseguró que si se requiriera una denuncia formal contra los providas que rezan ante los abortorios, “muchos delitos quedarán impunes porque ante todo las mujeres quieren preservar su intimidad”.
En septiembre de 2021, el PSOE presentó su proyecto legislativo para añadir el artículo 172 quater al Código Penal de España, buscando penas de cárcel para quienes recen o realicen manifestaciones pacíficas en los exteriores de clínicas de aborto en el país.
El proyecto fue aceptado a trámite el 21 de septiembre de 2021 en el Congreso de los Diputados, cámara baja del Poder Legislativo de España. Tras su paso por la Comisión de Justicia, podría ser llevado al Pleno en febrero de este año.
De acuerdo al texto actual del proyecto legislativo, los providas que recen o realicen manifestaciones pacíficas en los exteriores de un abortorio podrían ser castigados “con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días”.
Fuente:www.aciprensa.com
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